Fiscalía de Estado
Dirección de Informática Jurídica
LEY Nº 10148
SE DECLARA EL 29 DE MAYO DE CADA AÑO, COMO “DÍA DEL CORDOBAZO Y DE LAS LUCHAS POPULARES”.-
GENERALIDADES
FECHA DE SANCIÓN: 29.05.2013
PUBLICACIÓN: B.O. 28.06.2013
CANTIDAD DE ARTÍCULOS: 05
CANTIDAD DE ANEXOS: -
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10148
ARTÍCULO 1º.- Institúyese en el territorio de la Provincia de Córdoba el 29 de mayo de cada año como “Día del Cordobazo y de las Luchas Populares”, en conmemoración del movimiento de protesta social ocurrido en 1969.
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba o el organismo que en el futuro lo sustituyere, dispondrá que en la semana del 29 de mayo de cada año -o en su inmediata anterior o posterior-, en los establecimientos educativos de la provincia de todos sus niveles -a excepción del inicial y primario-, se realicen talleres, charlas o actividades de concientización sobre la importancia, el valor y la trascendencia de las luchas populares.
ARTÍCULO 3º.- El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba o el organismo que en el futuro lo sustituyere, en colaboración con la Confederación General del Trabajo Regional Córdoba, elaborará los contenidos del material a utilizarse para la enseñanza e ilustración del objeto de la presente Ley.
ARTÍCULO 4º.- Invítase a las universidades - públicas y privadas- de la Provincia de Córdoba a adherir a lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Ley.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ALESANDRI – ARIAS
TITULAR DEL PODER EJECUTIVO: DE LA SOTA
DECRETO PROMULGATORIO Nº 664/13
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